Acuerdo de Managua (Managua, Nicaragua, 22 de abril de 1993)
Acuerdo de Managua (Managua, Nicaragua, 22 de abril de 1993)
Enfatiza en los puntos destacados en el Acuerdo de Managua firmado por El Salvador, Honduras, Guatemala y Nicaragua, en el que se acordó trabajar fuertemente para fortalecer la institucionalidad centroamericana y alcanzar la unidad política y económica entre las naciones, perfeccionar la zona de libre comercio y formalizar la unión aduanera, buscar la forma de eliminar las barreras no arancelarias y demás medidas que obstaculicen el libre comercio, modernizar el marco jurídico de protección a la propiedad intelectual y los mecanismos de registro de la propiedad industrial. Con el fin de conseguir la unión aduanera se tomará una serie de medidas como la unificación del arancel externo común a las exportaciones, determinar las bases de una administración aduanera común, efectuar los estudios necesarios para armonizar las políticas macroeconómicas, facilitar y agilizar los servicios aduaneros y migratorios, así como otorgar la libre movilidad de personas. Por otra parte se enfatiza en la necesidad de desarrollar, en forma coordinada, proyectos de infraestructura física en apoyo a la actividad económica y mantener una estrecha coordinación en el desarrollo y explotación del turismo, la libre movilidad de capitales mediante el incremento de flujos financieros y la integración de mercados de capital, encargando a los bancos centrales de dicha oporación. Se afirma la necesidad de ratificar los acuerdos de las Cumbres Presidenciales en el sentido de dar a Nicaragua un trato preferencial y asimétrico transitorio en el campo comercial y excepcional en el campo financiero, de inversión de deuda, a fin de facilitar su reconstrucción, rehabilitación y fortalecimiento de su capacidad productiva y financiera éstas son algunas de las principales decisiones tomadas en el Acuerdo de Managua, firmado en abril de 1993. OB/ALJ
INTEGRACION REGIONAL
PARTICIPACION SOCIAL
DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL
RECESION ECONOMICA
LIBRE COMERCIO
MARCO INSTITUCIONAL
INVERSIONES EXTRANJERAS
UNIONES ADUANERAS
Enfatiza en los puntos destacados en el Acuerdo de Managua firmado por El Salvador, Honduras, Guatemala y Nicaragua, en el que se acordó trabajar fuertemente para fortalecer la institucionalidad centroamericana y alcanzar la unidad política y económica entre las naciones, perfeccionar la zona de libre comercio y formalizar la unión aduanera, buscar la forma de eliminar las barreras no arancelarias y demás medidas que obstaculicen el libre comercio, modernizar el marco jurídico de protección a la propiedad intelectual y los mecanismos de registro de la propiedad industrial. Con el fin de conseguir la unión aduanera se tomará una serie de medidas como la unificación del arancel externo común a las exportaciones, determinar las bases de una administración aduanera común, efectuar los estudios necesarios para armonizar las políticas macroeconómicas, facilitar y agilizar los servicios aduaneros y migratorios, así como otorgar la libre movilidad de personas. Por otra parte se enfatiza en la necesidad de desarrollar, en forma coordinada, proyectos de infraestructura física en apoyo a la actividad económica y mantener una estrecha coordinación en el desarrollo y explotación del turismo, la libre movilidad de capitales mediante el incremento de flujos financieros y la integración de mercados de capital, encargando a los bancos centrales de dicha oporación. Se afirma la necesidad de ratificar los acuerdos de las Cumbres Presidenciales en el sentido de dar a Nicaragua un trato preferencial y asimétrico transitorio en el campo comercial y excepcional en el campo financiero, de inversión de deuda, a fin de facilitar su reconstrucción, rehabilitación y fortalecimiento de su capacidad productiva y financiera éstas son algunas de las principales decisiones tomadas en el Acuerdo de Managua, firmado en abril de 1993. OB/ALJ
INTEGRACION REGIONAL
PARTICIPACION SOCIAL
DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL
RECESION ECONOMICA
LIBRE COMERCIO
MARCO INSTITUCIONAL
INVERSIONES EXTRANJERAS
UNIONES ADUANERAS