Los límites a las reformas parciales de la Constitución y la jurisprudencia de la Sala Constitucional / (Registro nro. 25135)
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000 -CABECERA | |
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campo de control de longitud fija | 02130 a a2200205 04500 |
001 - NÚMERO DE CONTROL | |
campo de control | 16968 |
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL | |
campo de control | |
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN | |
Centro catalogador/agencia de origen | |
100 ## - ENTRADA PRINCIPAL--NOMBRE DE PERSONA | |
Nombre de persona | Saborío Valverde, Rodolfo |
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO | |
Título | Los límites a las reformas parciales de la Constitución y la jurisprudencia de la Sala Constitucional / |
Mención de responsabilidad, etc. | Rodolfo Saborío Valverde |
520 ## - SUMARIO, ETC. | |
Sumario, etc. | Se ofrece una exposición de los límites del poder constituyente derivado y se analizan los parámetros surguidos a la luz de la jurisprudencia de la Sala Constitucional. Primero se ofrece un cuadro sobre las reformas parciales que ha sufrido al Constitución Política desde su entrada en vigencia desde noviembre de 1949. La información permite constatar que en realidad, pese a que tradicionalmente se ha considerado la Constitución costarricense como un documento rígido, la práctica institucional refleja el carácter relativo de tal rigidez. Con la clasificación de los límites entre orgánicos, temporales y sustanciales se logran apreciar los diferentes controles externos e internos a que se encuentra sometido el legislador en ejercicio de sus competencias de reforma parcial a la constitución. El control externo corresponde a la Sala Constitucional y se limita a la verificación de la regularidad procedimental y al ajuste sustancial entre la iniciativa original y el texto finalmente aprobado. El control sobre la regularidad sustancial de la reforma corresponde al propio órgano del poder constituyente derivado, por lo cual asume, desde el punto de vista del autor, la forma de un autocontrol, resultando no vinculantes las manifestaciones de la Sala Constitucional sobre los aspectos de fondo de la reforma. En los últimos años la jurisprudencia de la Sala Constitucional ha aportado elementos importantes para la reflexión sobre los límites del poder constituyente derivado. LOB/LOB |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | SISTEMAS POLITICOS |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | CLASE DIRIGENTE |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER LEGISLATIVO |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER JUDICIAL |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER EJECUTIVO |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER POLITICO |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | GRUPOS DE INTERESES |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | REFORMA CONSTITUCIONAL |
773 ## - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE/ENTRADA DE REGISTRO ANFITRIÓN | |
Parte(s) relacionada(s) | volumen 3, número 3; páginas 51-75 |
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