De un derecho tutelar a un derecho penal mínimo: (Registro nro. 28517)
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000 -CABECERA | |
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campo de control de longitud fija | 02487 a a2200193 04500 |
001 - NÚMERO DE CONTROL | |
campo de control | 13066 |
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL | |
campo de control | |
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN | |
Centro catalogador/agencia de origen | |
100 ## - ENTRADA PRINCIPAL--NOMBRE DE PERSONA | |
Nombre de persona | Tiffer Sotomayor, Carlos |
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO | |
Título | De un derecho tutelar a un derecho penal mínimo: |
Resto del título | nueva Ley de Justicia Penal Juvenil / |
Mención de responsabilidad, etc. | Carlos Tiffer Sotomayor |
520 ## - SUMARIO, ETC. | |
Sumario, etc. | Se analiza los derechos del niño, especialmente la concepción tutelar del derecho de menores. El documento estudia los siguientes temas: principios generales en la ley de justicia penal juvenil (LJP) |
-- | los derechos fundamentales de los menores en la LJP |
-- | la jurisdicción penal juvenil |
-- | las partes en el proceso penal juvenil |
-- | el proceso penal juvenil |
-- | el catálogo de sanciones y la ejecución de estas sanciones. En la ley está presente una nueva concepción de política criminal, se transforma el modelo tutelar paternalista por una orientación punitivo-garantista. Se entiende al joven como un sujeto, no sólo titular de derechos legales y sociales, sino como un sujeto responsable por sus actuaciones frente a la Ley Penal. La idea de la responsabilidad del joven y del adolescente está fundada en la convicción de la comprensión de la ilicitud del hecho. Actualmente, sería muy difícil sostener que un joven o adolescente de 12 a 18 años, tiene una incapacidad o una falta de madurez, para comprender la criminalidad del hecho. Sin embargo el juzgamiento de la comisión de un hecho delictivo cometido por un menor de edad, debe ser un asunto especializado de la justicia penal juvenil. Por eso, desde la fase de investigación del delito, intervienen órganos como la policía judicial juvenil, el Ministerio Público con fiscales especializados, una Defensoría Pública, también con defensores especializados. Se crearon Juzgados Penales Juveniles, así como también, se propuso una segunda instancia, también especializada, que sería el Tribunal Superior Penal Juvenil. Se reflexiona mencionando la importancia de la acción preventiva y no sólo de la represiva. Más política social y menos política criminal sería una buena fórmula para que ambas reacciones, represión y prevención, sean aplicadas en forma integral, interdisciplinaria e interinstitucionalmente, tanto a nivel público como privado. HB/HMBQ |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | ADOLESCENTES |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | JUVENTUD |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | DERECHO PENAL |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | DELITOS |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER JUDICIAL |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | ASPECTOS SOCIALES |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | ASPECTOS ECONOMICOS |
773 ## - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE/ENTRADA DE REGISTRO ANFITRIÓN | |
Parte(s) relacionada(s) | volumen 2, número 6; páginas 9-16, 21-24 |
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