La Materia electoral: (Registro nro. 32203)
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000 -CABECERA | |
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campo de control de longitud fija | 01811 a a2200229 04500 |
001 - NÚMERO DE CONTROL | |
campo de control | 16965 |
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL | |
campo de control | |
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN | |
Centro catalogador/agencia de origen | |
100 ## - ENTRADA PRINCIPAL--NOMBRE DE PERSONA | |
Nombre de persona | González Zamora, Oscar Enrique |
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO | |
Título | La Materia electoral: |
Resto del título | deslinde de competencias entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Sala Constitucional a la luz de un caso concreto / |
Mención de responsabilidad, etc. | Oscar Enrique González Zamora ; José Enrique Jiménez Bogantes |
520 ## - SUMARIO, ETC. | |
Sumario, etc. | De acuerdo con la Constitución Política costarricense, el Tribunal Supremo de Elecciones es el órgano encargado de conocer, de forma exclusiva, todo lo relacionado con la materia electoral. Se indica que debido a una mala interpretación del artículo 64 del Código Electoral realizada por dicho órgano, éste se declaró incompetente para conocer un asunto que sin duda corresponde a su competencia, la convocatoria a las asambleas distritales de un partido político (Partido Liberación Nacional PLN). En dicho asunto el Tribunal prefirió no intervenir argumentando que la ley no le faculta para fiscalizar actividades privadas de los partidos políticos. Mediante un recurso de amparo, la Sala Constitucional fue requerida para conocer el asunto. Esta declaró competente y resolvió anular las asambleas distritales realizadas por el PLN el 15 de marzo de 1992. A raíz de la resolución, se desató una polémica nacional en la cual se cuestionó, fundamentalmente, la competencia de la Sala Constitucional en materia electoral. LOB/LOB |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | SISTEMAS POLITICOS |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER POLITICO |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | ELECCIONES |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER EJECUTIVO |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER JUDICIAL |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PODER LEGISLATIVO |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | LEGISLACION |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | DEMOCRACIA |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | PARTIDOS POLITICOS |
700 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL--NOMBRE DE PERSONA | |
Nombre de persona | Jiménez Bogantes, José Enrique |
773 ## - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE/ENTRADA DE REGISTRO ANFITRIÓN | |
Parte(s) relacionada(s) | volumen 3, número 3; páginas 117-140 |
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