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Cosmopolitan justice, responsibility, and global climate change / Simon Canye

Por: Tema(s): En: páginas 689-713 Resumen: Se discute la mejor forma, según el autor, de abordar las cargas creadas por el cambio climático. Se critica el principio de que el contaminante debe asumir los costos de sus acciones, presente en la ley ambiental internacional, pues el mismo presenta varias falencias. Primero, tal principio solo funciona si se distinguen bien tanto el contaminante como sus efectos, lo cual no siempre es posible. Además, como se plantea que gran parte del desgaste ambiental es producto de acciones pasadas, es muy tarde para atribuir responsabilidades a actores actuales. También se plantea que es un principio excesivamente general, y que no permite analizar las particularidades de cada caso. Y finalmente, se describe que es un principio débil, pues no existen estándares internacionales o posibles medidas represivas con las cuales juzgar a los infractores. En ese sentido, el autor describe varias consideraciones que pretenden subsanar estas carencias actuales.
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Se discute la mejor forma, según el autor, de abordar las cargas creadas por el cambio climático. Se critica el principio de que el contaminante debe asumir los costos de sus acciones, presente en la ley ambiental internacional, pues el mismo presenta varias falencias. Primero, tal principio solo funciona si se distinguen bien tanto el contaminante como sus efectos, lo cual no siempre es posible. Además, como se plantea que gran parte del desgaste ambiental es producto de acciones pasadas, es muy tarde para atribuir responsabilidades a actores actuales. También se plantea que es un principio excesivamente general, y que no permite analizar las particularidades de cada caso. Y finalmente, se describe que es un principio débil, pues no existen estándares internacionales o posibles medidas represivas con las cuales juzgar a los infractores. En ese sentido, el autor describe varias consideraciones que pretenden subsanar estas carencias actuales.

DISEMINAR072010/EFU/SETIEMBRE2010

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