Nuevas en el caso Jesuitas (Parte II)
Tema(s): En: volumen 21, número 922; páginas 13-16 Resumen: En este artículo se señala que el caso de la masacre de los jesuitas en la UCA es un delito no amnistiable, según las excepciones que señaló la Corte Suprema de Justicia, ya que el crimen tiene las tres características de la excepción consignada por el máximo tribunal: fue ordenado por funcionarios militares, se violaron derechos constitucionales (derecho a la vida) y la comisión del delito se produjo en el mismo período presidencial en que se otorgó la ley de amnistía. Seguidamente se ofrecen algunos puntos relevantes de la citada resolución. /MSDNo hay ítems correspondientes a este registro
En este artículo se señala que el caso de la masacre de los jesuitas en la UCA es un delito no amnistiable, según las excepciones que señaló la Corte Suprema de Justicia, ya que el crimen tiene las tres características de la excepción consignada por el máximo tribunal: fue ordenado por funcionarios militares, se violaron derechos constitucionales (derecho a la vida) y la comisión del delito se produjo en el mismo período presidencial en que se otorgó la ley de amnistía. Seguidamente se ofrecen algunos puntos relevantes de la citada resolución. /MSD
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