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¿Cuándo es lícito usar armas nucleares? / Martín C. Ortega

Por: Tema(s): En: número 14; páginas 10-13 Resumen: Luego de finalizada la guerra fría, la reducción de los arsenals nucleares y los esfuerzos para la no proliferación han llevado a replantear la cuestión de si las armas nuclearesno son tadavía necesarias. Dentro de este contexto, la Corte Internacional de Justicia ha emitido un dictamen en el que examinan las condiciones para el empleo lícito de tales armas. Se indica que después de examinar la costumbre internacional y tras analizar los diversos tratados que se refieren a la limitación del uso de las armanas nucleares, la Corte concluye que no hay una prohibición general en derecho inetrnacional, aunque si es cierto que los estados que las poseen se han comprometido a no utilizarlas en algunos espacios, por ejemplo con tra América Latina. Por otra parte se enfatiza en dos puntos conflictivos de la decisión en el énfasis en la obligación de conseguir un desarme nuclear y la posible incompatibilidad del uso de armas nucleares frente a las normas del derecho humanitario bélico. REV//jmml
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Luego de finalizada la guerra fría, la reducción de los arsenals nucleares y los esfuerzos para la no proliferación han llevado a replantear la cuestión de si las armas nuclearesno son tadavía necesarias. Dentro de este contexto, la Corte Internacional de Justicia ha emitido un dictamen en el que examinan las condiciones para el empleo lícito de tales armas. Se indica que después de examinar la costumbre internacional y tras analizar los diversos tratados que se refieren a la limitación del uso de las armanas nucleares, la Corte concluye que no hay una prohibición general en derecho inetrnacional, aunque si es cierto que los estados que las poseen se han comprometido a no utilizarlas en algunos espacios, por ejemplo con tra América Latina. Por otra parte se enfatiza en dos puntos conflictivos de la decisión en el énfasis en la obligación de conseguir un desarme nuclear y la posible incompatibilidad del uso de armas nucleares frente a las normas del derecho humanitario bélico. REV//jmml

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