000 | 01885 a a2200193 04500 | ||
---|---|---|---|
001 | 6085 | ||
003 | |||
040 | _a | ||
100 | _aMartínez Peñate, Oscar | ||
245 |
_aAprobación legislativa del presupuesto general de la nación / _cOscar Martínez Peñate |
||
520 | _aPreparar el presupuesto general de la nación corresponde al Poder Ejecutivo y la instancia específica encargada de ello es el Ministerio de Hacienda por medio de la Dirección Nacional del Presupuesto. El Ejecutivo envía el proyecto de presupuesto a la Asamblea Legislativa para que allí sea discutido y aprobado. El presupuesto es el que crea mayor debate en esas instancias, debido a que los magistrados no sólo se limitan a su aprobación, sino que evalúan la inciden cia que el mismo habrá de causar en la política económica y social del país. Por otra parte se indica que si el proyecto de presupuesto no se aprueba en el tiempo señalado, automáticamente el presupuesto del año anterior entra en vigencia, con la posibilidad de que la Asamblea lo modifique en el transcurso de su ejecución. Para el caso salvadoreño, se especifica que los diputados no participan en el control de la ejecución ni establecen evaluaciones periódicas, ni mucho menos son informados por el Ministro de Hacienda sobre la ejecución del presupuesto, a pesar de que el Ministerio de Hacienda se haya comprometido a hacerlo cada tres meses. Se finaliza señalando que el seguimiento que le pueden dar los diputados sirve para tener una mayor visión de la viabilidad, reformas o reestructuración que puede ser necesario efectuar al presupuesto. REV//jmml | ||
650 | _aPODER LEGISLATIVO | ||
650 | _aPRESUPUESTO NACIONAL | ||
650 | _aSISTEMAS POLITICOS | ||
650 | _aPODER EJECUTIVO | ||
650 | _aCONSTITUCIONES | ||
650 | _aPARTIDOS POLITICOS | ||
650 | _aIDEOLOGIAS | ||
773 | _gvolumen 17, número 726; páginas 10-12 | ||
999 |
_c20600 _d20600 |