000 01811 a a2200229 04500
001 16965
003
040 _a
100 _aGonzález Zamora, Oscar Enrique
245 _aLa Materia electoral:
_bdeslinde de competencias entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Sala Constitucional a la luz de un caso concreto /
_cOscar Enrique González Zamora ; José Enrique Jiménez Bogantes
520 _aDe acuerdo con la Constitución Política costarricense, el Tribunal Supremo de Elecciones es el órgano encargado de conocer, de forma exclusiva, todo lo relacionado con la materia electoral. Se indica que debido a una mala interpretación del artículo 64 del Código Electoral realizada por dicho órgano, éste se declaró incompetente para conocer un asunto que sin duda corresponde a su competencia, la convocatoria a las asambleas distritales de un partido político (Partido Liberación Nacional PLN). En dicho asunto el Tribunal prefirió no intervenir argumentando que la ley no le faculta para fiscalizar actividades privadas de los partidos políticos. Mediante un recurso de amparo, la Sala Constitucional fue requerida para conocer el asunto. Esta declaró competente y resolvió anular las asambleas distritales realizadas por el PLN el 15 de marzo de 1992. A raíz de la resolución, se desató una polémica nacional en la cual se cuestionó, fundamentalmente, la competencia de la Sala Constitucional en materia electoral. LOB/LOB
650 _aSISTEMAS POLITICOS
650 _aPODER POLITICO
650 _aELECCIONES
650 _aPODER EJECUTIVO
650 _aPODER JUDICIAL
650 _aPODER LEGISLATIVO
650 _aLEGISLACION
650 _aDEMOCRACIA
650 _aPARTIDOS POLITICOS
700 _aJiménez Bogantes, José Enrique
773 _gvolumen 3, número 3; páginas 117-140
999 _c32203
_d32203